Muchas veces vamos a Juntas Generales, sobre todo en Comunidades pequeñas, en las cuales los propietarios piensan que tener un seguro comunitario no es cosa de ellos. Como Administradora de Fincas siempre aconsejo a mis clientes que al menos un seguro de responsabilidad civil toda comunidad debe tener.
A nivel nacional no hay ninguna Ley que obligue a una Comunidad de propietarios a tener que contratar una póliza y es que, ni la propia Ley de Propiedad Horizontal lo especifica (Art 5 LPH). Pero sí que es cierto que existen normativas autonómicas, entre ellas Valencia, en las que se obliga a tener una póliza que cubra los riesgos de incendios y daños a terceros. (Ley 8/2004, de la Generalitat)
Existen multitud de seguros: básicos, completos, de élite… Dependiendo de las características de la finca o de la liquidez del momento en la Comunidad, es conveniente que los propietarios escojan una modalidad u otra.
«Nunca pasa nada hasta que pasa» y un seguro comunitario puede solucionar muchos quebraderos de cabeza a los vecinos.
Próximamente estudiaremos las distintas modalidades o las más interesantes, pero ya te adelantamos que hay compañías que incluso ofrecen servicios complementarios como ambulancias y chequeos médicos.
No olvides que si tu Comunidad tiene seguro comunitario, a nivel particular puedes beneficiarte de él. Pídele una copia del contrato a tu Administrador y pídele a tu agente que revise las coberturas de tu póliza privativa. Seguro que existen varias coberturas que están duplicadas y se pueden eliminar de tu seguro, reduciendo así la prima a pagar.
En Afiser la reducción de costes y la transparencia son dos de nuestros principales valores, y siempre ayudamos a nuestros clientes a que puedan beneficiarse de aquello que esté a nuestro alcance. Ya sabéis que ante cualquier duda, podéis poneros en contacto con nosotros en www.afiser.es